Indulgencias

Pbro. Ernesto María Caro

La gracia que se pierde con el pecado y misma que hay que recuperar hasta alcanzar la estatura del Varón Perfecto que es Cristo, se recupera a lo largo de toda nuestra vida por medio de nuestro proceso de conversión. El Purgatorio completará lo que haya faltado en nuestra configuración con Cristo. La iglesia, dispensadora de la gracia de Dios de acuerdo a la promesa hecha a San Pedro, “todo lo que ates en la tierra será atado en el cielo y lo que desates en la tierra será desatado en el cielo”, ofrece un don especial que recupera de manera “total” o “parcial” esta gracia haciendo que si nuestra muerte llegara después de concedida ésta, no necesitaríamos del purgatorio, si fue total, o disminuiría, si fue parcial. A esto es a lo que llamamos: “indulgencia”, la cual puede ser “total o plenaria” o bien “parcial”. La indulgencia parcial es ofrecida en muchas ocasiones (oraciones, Misas, actos de piedad, etc.). La indulgencia total o plenaria, la ofrece en situaciones especiales entre las que podamos destacar: el Año Santo, al visitar alguna de las Basílicas (y otros actos de piedad). Las “condiciones” ordinarias para alcanzar una indulgencia son: la ejecución de la obra enriquecida con la indulgencia y el cumplimiento de las tres condiciones siguientes: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Santo Padre. Se requiere además, que se excluya todo afecto al pecado, incluso venial. Aprovechemos todas las gracias que la Iglesia nos ofrece para “ser perfectos”.